Sentencia favorable para auxiliar de panadería: Incapacidad Permanente Total
El Juzgado de lo Social n.º 5 de Málaga, en su sentencia n.º 377/2025, de 29 de septiembre, reconoce la incapacidad permanente total a una auxiliar de panadería con una lesión de columna a la que el INSS había denegado la pensión.
El caso
- El perfil: auxiliar de panadería, en el Régimen General.
- La lesión: discopatía lumbar L2-L3 con abombamiento fibroso, protrusión cervical C3-C4 y artrodesis L4-S1.
- La negativa del INSS: en mayo de 2023 resuelve que las lesiones no alcanzan un grado suficiente de disminución de la capacidad laboral.
- La demanda: se presenta en septiembre de 2023 pidiendo la incapacidad total o, subsidiariamente, la parcial.
Las claves de la sentencia
1. El propio médico del INSS reconocía la limitación
En sus conclusiones, el médico inspector señalaba que la trabajadora debía evitar esfuerzos físicos y sobrecargas de la columna.
2. El trabajo exige justo lo que no puede hacer
Una auxiliar de panadería carga y transporta pesos elevados. La sentencia concluye que su patología le impide las tareas fundamentales de la profesión.
3. Total y no parcial
La incapacidad parcial supone una merma de al menos el 33 % del rendimiento. Aquí la limitación alcanza a las tareas esenciales del oficio, y por eso el grado es el total.
El fallo
Se revoca la resolución del INSS y se declara a la trabajadora en incapacidad permanente total, con una pensión vitalicia del 55 % de su base reguladora y efectos desde el 25 de mayo de 2023.
Qué hacer si el INSS te deniega la incapacidad
- Reclama en plazo: tienes 30 días hábiles para presentar la reclamación previa y, si se desestima, otros 30 para la demanda.
- Lleva informes que hablen de tu trabajo: lo decisivo no es el diagnóstico, sino qué tareas concretas de tu profesión ya no puedes hacer.
- No te quedes con el primer no: en este caso el INSS denegó dos veces y el juzgado acabó dando la razón al trabajador.
Cada caso depende de sus informes y de la profesión. Si estás en una situación parecida, habla con nuestros abogados de incapacidad laboral en Málaga o llámanos al 665 90 58 97.
Consulta la sentencia completa
Descargar la sentencia n.º 377/2025 (PDF)
Sentencia anonimizada conforme a la normativa de protección de datos.
Contenido revisado por Ignacio Loring Caffarena, abogado colegiado n.º 3658 del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga.
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