Sentencia Favorable Jardinero

Abr 9, 2026 | Sentencias

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Sentencia favorable para jardinero: Incapacidad Permanente Total

El Juzgado de lo Social de Málaga (Plaza n.º 13), en su sentencia n.º 119/2026, de 6 de abril, reconoce la incapacidad permanente total por enfermedad común a un jardinero al que el INSS se la había denegado.

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El caso

  • El perfil: jardinero por cuenta ajena.
  • La lesión: fractura de meseta tibial en la rodilla derecha, con secuelas crónicas.
  • La negativa del INSS: en marzo de 2024 deniega la incapacidad porque, según su informe médico, no había afectación de la funcionalidad.
  • La reclamación: la reclamación previa se desestima en mayo de 2024 y presentamos demanda en junio.

Las claves de la sentencia

1. La profesión de jardinero exige mucho a la rodilla

La jueza acude a la Guía de valoración profesional del propio INSS: en la jardinería el requerimiento de rodilla y el manejo de cargas son elevados (3 sobre 4) y se pasa de pie buena parte de la jornada.

2. Los informes de quien lo trató pesaron más que el del INSS

El informe de seguimiento describía dificultad para desplazarse, agacharse, caminar por terreno irregular, adoptar posturas forzadas y manejar cargas. La perito añadió que no puede ponerse en cuclillas, algo básico en su oficio.

3. Trabajar en otra cosa no impide la incapacidad total

El INSS alegó que había seguido trabajando. El juzgado comprueba que su empleo actual es de gestión y supervisión, sin los esfuerzos para los que está limitado, y por tanto es compatible.

El fallo

El juzgado estima la demanda y le reconoce una pensión del 55 % de su base reguladora, con efectos desde el dictamen del EVI. No se añade el incremento del 20 % porque compatibiliza la pensión con otro empleo. Contra la sentencia cabe recurso de suplicación.

Qué hacer si el INSS te deniega la incapacidad

  • Reclama en plazo: tienes 30 días hábiles para presentar la reclamación previa y, si se desestima, otros 30 para la demanda.
  • Lleva informes que hablen de tu trabajo: lo decisivo no es el diagnóstico, sino qué tareas concretas de tu profesión ya no puedes hacer.
  • No te quedes con el primer no: en este caso el INSS denegó dos veces y el juzgado acabó dando la razón al trabajador.

Cada caso depende de sus informes y de la profesión. Si estás en una situación parecida, habla con nuestros abogados de incapacidad laboral en Málaga o llámanos al 665 90 58 97.

Consulta la sentencia completa

Descargar la sentencia n.º 119/2026 (PDF)

Sentencia anonimizada conforme a la normativa de protección de datos.

Contenido revisado por Ignacio Loring Caffarena, abogado colegiado n.º 3658 del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga.

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