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Expertos en accidentes de trabajo
Antes de entrar en profundidad nos gustaría que tenga muy claro lo siguiente:
Todo empleado debe conocer sus derechos y que en caso de accidente laboral puede exigir una indemnización por los daños sufridos.
Si la empresa no puso todas las medidas de seguridad necesarias tiene derecho a una indemnización.
La reclamación de un accidente de trabajo puede ser larga y compleja y es recomendable el asesoramiento de un abogado experto en la materia.
¿Que se entiende por accidente laboral?
Lo importante es que ocurra mientras está desarrollando sus tareas laborales. En tal caso se trataría de un accidente de trabajo. La consecuencias pueden ser desde muy leves hasta de tal gravedad que incluso puedan conllevar el reconocimiento de una incapacidad permanente. Sin embrago, accidente de trabajo no es sólo aquel que se sufre mientras se está trabajando, sino también el que se produce durante el trayecto del trabajo a casa y viceversa. En ese caso se trataría de un “accidente in itinere”.
He sufrido un accidente de trabajo ¿Cómo debo actuar?
En primer lugar, hay que comunicarlo a la empresa para que ésta se lo comunique a la Mutua de Accidentes de Trabajo que tenga contratada o, en algunos casos, puede ser la propia empresa la que tenga su servicio médico propio.
No todo accidente de trabajo supone una responsabilidad de la empresa en forma de indemnización. Sólo cuando el accidente haya venido causado por alguna acción u omisión imputable a la empresa habrá responsabilidad de ésta y podrá reclamarse una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. El elemento esencial que puede determinar esa responsabilidad o no es si hubo un a falta de medidas de seguridad imputable a la empresa. El trabajador dispone un plazo de un año para reclamar dicha indemnización, a contar desde el día del accidente o bien desde la estabilización de las lesiones sufridas.
¿Cómo se calcula la cuantía de la indemnización?
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No se puede establecer un sistema único y homogéneo para valorar una indemnización derivada de un accidente de trabajo. Todavía no existe una normativa específica que regule unos baremos para realizar dicho cálculo.
Lo que suele utilizarse como referencia son los baremos previstos para accidentes de tráfico, pero no de una forma absoluta ya que en muchas ocasiones los Juzgados suelen modular esos baremos en función de los daños y perjuicios y de otras circunstancias que entiendan relevante para ello. Le recomendamos que se deje asesorar por abogados expertos para saber que indemnización puede corresponderle y conseguir la cuantía que le corresponda por Ley.
Sin embargo, a grandes rasgos podemos decir que hay tres factores que son esenciales para la valoración de la indemnización, que son los siguientes:
1 - El periodo de tiempo que haya sido necesario para para la curación, recuperación y, en su caso, rehabilitación.
2 - Las posibles lesiones permanentes o secuelas que puedan quedar.
3 - El tiempo de Incapacidad Temporal del trabajador ya que podrá descontarse de la indemnización por entenderse que la prestación percibida tiene naturaleza indemnizatoria.
¿Cuándo se considera accidente laboral?
A parte de los citados, también se tendrán en cuenta estas situaciones:
Cuando el accidente tenga lugar mientras se desempeñan cargos electivos de carácter sindical o de gobierno (así como el trayecto de ida y de vuelta para el desarrollo de estas acciones)
Si se ejercen tareas que propiamente no son de la categoría profesional propia del accidentado pero las realiza por orden de un superior o bien por el buen funcionamiento de la empresa.
Que el accidente de trabajo ocurra mientras se ejerce alguna acción de rescate o salvamento.
Cuando se contraiga una enfermedad a causa del trabajo realizado (mientras no pueda ser catalogada como enfermedad profesional).
Si, teniendo una enfermedad o problema médico previo, se produce una agravación por un accidente ocurrido en la empresa.
Casos como infartos, ictus, o hemorragias cerebrales producidas como consecuencia directa del trabajo realizado.
¿Cuándo no se considera accidente de trabajo?
Por el contrario, no se considerarán accidentes laborales aquellos que han sido causados por:
Imprudencias del trabajador
Negligencias del trabajador: al no haber tenido en cuenta las medidas de seguridad necesarias facilitadas e informadas por la empresa para la actividad desarrollada
Un claro ejemplo: cuando, habiendo sido debidamente formado e informado por la empresa en materia de seguridad y habiéndole sido facilitados los equipos de protección individual, el trabajador decide de forma unilateral no utilizarlos cuando debía hacerlo y, como consecuencia de ello, el trabajador sufre unas lesiones derivadas de un accidente.
Por tanto, en todo trabajo tanto las empresas como los trabajadores deben cumplir de forma muy estricta las medidas de seguridad que correspondan, a fin de evitar que se produzcan accidentes y las consecuencias personales y económicas que de ellos se pueden derivar tanto para el trabajador y para la empresa.
En caso de negligencia grave del empresario y poner en peligro la seguridad de los trabajadores habría que ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo y de la Fiscalía especializada en asuntos laborales, por si pudiese haber posibles infracciones o delitos contra los derechos de los trabajadores.
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