Sentencia favorable para modista: Incapacidad Permanente Total
El Juzgado de lo Social n.º 13 de Málaga, en su sentencia n.º 239/2025, de 9 de septiembre, reconoce la incapacidad permanente total a una modista con una lesión permanente de las cuerdas vocales.
El caso
- El perfil: modista, en el Régimen General.
- La lesión: parálisis de una cuerda vocal tras una operación de tiroides en 2021, con disfonía e hipofonía, dificultad para tragar y trastorno adaptativo.
- La negativa del INSS: en septiembre de 2023 desestima la solicitud por no apreciar reducciones que disminuyan su capacidad laboral.
- La reclamación: la reclamación previa se desestima en diciembre de 2023.
Las claves de la sentencia
1. La limitación constaba en los informes del propio INSS
Su informe de evaluación de abril de 2023 decía que estaba limitada para actividades con contacto frecuente con terceros y uso de la voz.
2. El dictamen posterior no decía que hubiera mejorado
Se limitaba a señalar que persistían las limitaciones recogidas en el informe anterior. La jueza tira de ese hilo.
3. La voz es una herramienta de trabajo
La sentencia vincula de forma directa esas limitaciones con las funciones de una modista, que atiende a clientes, y concluye que el cuadro es incompatible con el oficio.
El fallo
Se anula la resolución del INSS y se declara a la trabajadora en incapacidad permanente total para su profesión, con efectos desde el dictamen del EVI de 29 de agosto de 2023.
Qué hacer si el INSS te deniega la incapacidad
- Reclama en plazo: tienes 30 días hábiles para presentar la reclamación previa y, si se desestima, otros 30 para la demanda.
- Lleva informes que hablen de tu trabajo: lo decisivo no es el diagnóstico, sino qué tareas concretas de tu profesión ya no puedes hacer.
- No te quedes con el primer no: en este caso el INSS denegó dos veces y el juzgado acabó dando la razón al trabajador.
Cada caso depende de sus informes y de la profesión. Si estás en una situación parecida, habla con nuestros abogados de incapacidad laboral en Málaga o llámanos al 665 90 58 97.
Consulta la sentencia completa
Descargar la sentencia n.º 239/2025 (PDF)
Sentencia anonimizada conforme a la normativa de protección de datos.
Contenido revisado por Ignacio Loring Caffarena, abogado colegiado n.º 3658 del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga.
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