Sentencia favorable para abogado con ictus
EL TSJ DE ANDALUCIA con sede en Málaga concede la incapacidad total por ictus a un abogado que lo sufrió en 2019 y se le denegó por INSS la incapacidad permanente en 2022 a pesar de sufrir una limitación grave y permanente que le impide trabajar como abogado al sufrir un deterioro cognitivo significativo.
El actor, abogado de profesión y declarado con un porcentaje de discapacidad del 33 por 100, en la actualidad presenta “”Secuela de ictus hemisférico izquierdo. HTA. Hiperlipemia ”. Con tales padecimientos no entiende la Sala cómo podría la demandante afrontar con profesionalidad y rendimiento su quehacer laboral pues las secuelas le provocan afasia moderada (confluencia verbal disminuida, disomnia y algunas parafasias fonémicas durante el discurso verbal), disgrafía moderada y torpeza del brazo derecho a la hora de realizar tareas de precisión como atarse los cordones, escribir o manejar el ordenador, con episodios de desorientación. No se olvide, como razona la Juzgadora que la profesión de abogado exige una carga mental elevada de 4 sobre 4 (según la guía de valoración profesional del propio I.N.S.S.), la cual se encuentra seriamente mermada por las secuelas descritas.
Puedes ver la sentencia completa aquí.
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