Incapacidad por Ictus: Guía Completa y Actualizada

May 28, 2025 | Derecho Laboral, Discapacidad y Minusvalías, Enfermedades, Incapacidad Laboral

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El ictus es una de las principales causas de incapacidad laboral en España. Cada año, más de 100.000 personas sufren un ictus, y muchas de ellas ven afectada su vida profesional de forma irreversible. Si tú o un ser querido habéis pasado por esta situación, este artículo te ayudará a entender todo lo que necesitas saber sobre cómo solicitar una pensión por incapacidad derivada de un ictus, desde el punto de vista legal y médico.

¿Qué es un ictus y cómo afecta a la capacidad laboral?

Un ictus, también conocido como accidente cerebrovascular, ocurre cuando se interrumpe el flujo sanguíneo al cerebro. Puede ser de dos tipos:

  • Isquémico: por obstrucción de una arteria (el más frecuente).
  • Hemorrágico: por rotura de un vaso sanguíneo.

Dependiendo de la zona del cerebro afectada y la gravedad del ictus, las secuelas pueden ser muy variadas: hemiplejias, problemas del habla, dificultad para coordinar movimientos, fatiga crónica, pérdida de memoria, alteraciones visuales o cognitivas, etc.

Estas consecuencias pueden impedir total o parcialmente el desempeño de una actividad laboral, lo que lleva a valorar una situación de incapacidad temporal o incapacidad permanente.

Tipos de incapacidad laboral aplicables tras un ictus

1. Incapacidad temporal (IT)

Es el primer paso. Cuando una persona sufre un ictus, suele pasar a situación de baja laboral por un máximo de 365 días, prorrogables por 180 más.

Durante este tiempo, recibe una prestación económica del INSS, y se somete a tratamientos de rehabilitación. En muchos casos, la recuperación no permite volver al trabajo con normalidad, lo que obliga a plantear una valoración de incapacidad permanente.

2. Incapacidad permanente parcial (IPP)

Es poco habitual tras un ictus, pero podría aplicarse si las secuelas limitan el rendimiento laboral en un grado igual o superior al 33%, sin impedir la realización del trabajo habitual.

3. Incapacidad permanente total (IPT)

Se reconoce cuando el ictus impide seguir trabajando en la profesión habitual, aunque la persona puede dedicarse a otra distinta.

Ejemplo: un camionero que sufre pérdida de movilidad o visión, pero podría desempeñar un trabajo de oficina adaptado.

4. Incapacidad permanente absoluta (IPA)

Se concede cuando las secuelas del ictus impiden cualquier tipo de trabajo, incluso sedentario y con adaptaciones.

5. Gran invalidez (GI)

Se da en los casos más graves, cuando la persona necesita la ayuda de una tercera persona para realizar tareas básicas de la vida diaria, como asearse o vestirse.

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Requisitos para solicitar la incapacidad por ictus

  1. Alta en la Seguridad Social: estar dado de alta o en situación asimilada al alta.
  2. Periodo de cotización mínimo:
    • Menores de 31 años: un tercio del tiempo entre los 16 y la edad del ictus.
    • Mayores de 31: una cuarta parte del tiempo desde los 20 años hasta la fecha del ictus (con un mínimo de 5 años), y parte de ese tiempo dentro de los 10 años anteriores.
  3. Documentación médica: informes detallados sobre el ictus, las secuelas, el tratamiento y la rehabilitación.
  4. Informe de vida laboral y certificado de empresa, si está en activo.

Cómo se tramita la solicitud de incapacidad

  1. Valoración inicial: tras los meses de baja, el INSS o el Tribunal Médico puede iniciar de oficio el proceso. También puede iniciarlo el interesado o su representante legal.
  2. Documentación a presentar:
    • Modelo oficial de solicitud.
    • DNI y número de la Seguridad Social.
    • Informes médicos.
    • Vida laboral.
    • Informe de empresa.
  3. Tribunal Médico (EVI): realiza una valoración pericial para determinar si existe incapacidad y en qué grado.
  4. Resolución del INSS: otorga o deniega la prestación. Puede recurrirse.
  5. Recurso o demanda judicial: en caso de denegación, se puede interponer reclamación previa y demanda ante el Juzgado de lo Social.

Cuantía de la pensión por incapacidad tras ictus

Depende del grado de incapacidad y la base reguladora (según las cotizaciones previas). A modo orientativo:

  • IPP: pago único equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.
  • IPT: 55% de la base reguladora (75% si mayor de 55 años y sin posibilidad de cambio de profesión).
  • IPA: 100% de la base reguladora.
  • GI: 100% + complemento por ayuda de tercera persona.

Sentencias y casos reales tras un ictus

Los jueces valoran especialmente:

  • Las secuelas neurológicas permanentes.
  • La edad y nivel formativo del trabajador.
  • El tipo de trabajo habitual.
  • Los informes de neurólogos y rehabilitadores.

Algunos casos frecuentes en los que se reconoce la incapacidad:

  • Hemiplejias con imposibilidad de movimientos finos.
  • Afasia o dificultad severa del lenguaje.
  • Alteraciones visuales permanentes.
  • Daño cognitivo con afectación de la memoria o la concentración.

Consejos para aumentar tus posibilidades de éxito

  • Aporta informes médicos claros y detallados.
  • Incluye valoraciones de psicólogos y terapeutas ocupacionales si hay daño cognitivo.
  • Acompaña la solicitud con un informe de tu empresa sobre tareas habituales y limitaciones actuales.
  • Si el INSS deniega, acude a un abogado especialista. Muchos casos se ganan en juicio.

Preguntas frecuentes sobre la incapacidad laboral por ictus

¿Es necesario que el ictus haya ocurrido en el trabajo?

No. Lo importante es que la persona estuviera cotizando o en situación asimilada al alta. El ictus puede haber ocurrido en casa o en cualquier otro lugar.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso de incapacidad permanente?

Desde que se presenta la solicitud, el INSS tiene 135 días para resolver. Si se va a juicio, el proceso puede tardar entre 6 y 12 meses adicionales.

¿Puedo trabajar con una incapacidad por ictus?

Depende del grado. Si tienes una IPT, podrás trabajar en otra profesión. Si tienes una IPA o una GI, no puedes trabajar.

¿La pensión por incapacidad por ictus es para toda la vida?

En principio sí, pero puede ser revisada cada cierto tiempo por mejoría o empeoramiento. También puede transformarse en pensión de jubilación al llegar a la edad legal.

¿Necesito un abogado para solicitar la incapacidad?

No es obligatorio, pero altamente recomendable. Un abogado especialista en incapacidad laboral aumenta significativamente las posibilidades de éxito, especialmente si hay que ir a juicio.

¿Tienes dudas sobre tu caso concreto? En Incapacidad Segura te ofrecemos un estudio gratuito y sin compromiso para valorar si puedes acceder a una pensión por incapacidad tras un ictus. Contacta con nosotros y luchemos por tus derechos.

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