¿En qué consisten las migrañas?
La migraña es una enfermedad neurológica que causa un dolor pulsátil de gran intensidad o una sensación de presión en la cabeza. Este dolor suele ir acompañado de nauseas, mareos, vómitos y sensibilidad a la luz (foto sensibilidad) e incluso al sonido.
De forma previa al inicio del dolor, las personas que sufren migrañas, suelen padecer síntomas de “advertencia” o “aura” que suelen consistir en alteraciones visuales, hormigueos en un lado de la cara o brazo e incluso destellos de luz.
¿En qué consisten las migrañas?
Pues bien, la migraña crónica puede ser motivo para que se acuerde una incapacidad permanente por el INSS. Pero es necesario tener en cuenta que ello dependerá de:
- La gravedad (frecuencia e intensidad de la crisis)
- Eficacia del tratamiento terapéutico
Si las crisis de dolor se producen de forma muy cercana una de otra, y la intensidad del dolor es de tal entidad que incapacita para la realización de cualquier ocupación, y el tratamiento que se ha seguido no consigue una mejoría puede instarse una incapacidad permanente total o absoluta (en función de la entidad limitante que pueda tener).
Diagnóstico y tratamiento de las migrañas
El neurólogo tiene que indicar que existe una clara limitación derivada de la migraña, y el dolor y los síntomas impiden realizar las actividades de la vida laboral y cotidiana.
Casos prácticos de incapacidad por migrañas
Recurso del TSJ de Oviedo de fecha 06/07/2021 que reconoce el derecho a una prestación de incapacidad permanente por migraña expresamente se dice:
“se hace constar que el demandante presenta severa limitación en sus actividades, recluido la mayoría de los días, quedándose tumbado en casa como consecuencia de las migrañas, lo que no es sino reproducción de lo que dice el informe de Neurología de agosto de 2019, el que añade que el demandante presenta dolor diario y consumo de varios comprimidos de analgesia al día, habiendo tenido que acudir en varias ocasiones a Urgencias para analgesia parenteral”
¿Son las migrañas enfermedad incapacitante?
Por otra parte, y en relación a una posible solicitud de grado de discapacidad, indicar que la migraña no figura expresamente en el listado de enfermedades del RD 1971/1999 de 23 de diciembre. Pero en todo caso, puede ser evaluada para un posible grado de discapacidad. De este modo, si existe disminución de la capacidad del afectado para la realización de las actividades de la vida diaria, la discapacidad habrá de reconocerla consultando las normas generales del Capítulo I del Anexo A del Real Decreto 1971/1999.
¿Es revisable la incapacidad por migrañas?
Por último señalar que la incapacidad permanente reconocida por migrañas (ya sea total o absoluta) puede ser objeto de revisión, principalmente por alguno de los siguientes motivos:
- Mejoría o agravación
- Error de diagnóstico
- Inicio de una actividad laboral incompatible.
Si necesitas ayuda con tu caso de incapacidad por migraña puedes enviarnos una solicitud sin compromiso completando el formulario que encontrarás más abajo y nos poondremos en contacto contigo para enviarte una propuesta gratuita y empezar a trabajar juntos.
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