Complemento Salarial por Incapacidad Temporal

May 31, 2023 | Accidentes Laborales, Derecho Laboral, Enfermedades, Incapacidad Laboral, Seguridad Social INSS

7

En España, el complemento de incapacidad temporal es un beneficio económico, además de  uno de los derechos que suelen ser desconocidos por los trabajadores.

Este complemento tiene como objetivo proporcionar una compensación económica durante el período de baja médica. Sin embargo, surgen muchas dudas. En este artículo cubriremos los aspectos fundamentales para que puedas disfrutar del complemento salarial por incapacidad temporal.

¿Qué es el Complemento Salarial de incapacidad temporal?

El complemento de incapacidad temporal es una prestación económica adicional que se otorga a los trabajadores que se encuentran en situación de baja médica por incapacidad temporal. Se suma a la prestación económica que proporciona la Seguridad Social y tiene como finalidad garantizar un nivel de ingresos durante el periodo en que el trabajador no puede desempeñar su actividad laboral debido a motivos de salud.

La Seguridad social publicó una guía al respecto que puedes encontrar aquí.

En Incapacidad Segura hemos tenido varios casos donde este complemento no era respetado ni abonado, muchas veces debido al desconocimiento del trabajador.

¿Cuál es la cuantía del subsidio y complemento salarial por Incapacidad Temporal?

En algunas ocasiones, el convenio establece un complemento salarial por Incapacidad Temporal.

El Estatuto, norma básica, refleja que la prestación económica consiste en un subsidio diario calculado en función de la base reguladora y el origen de la incapacidad, que se abonará durante los días naturales en que el interesado se encuentre en la situación de incapacidad temporal: 

  • Por enfermedad común o accidente no laboral: el 60% de la base reguladora entre el cuarto y el vigésimo día, y el 75% a partir del vigésimo primero.
  • Por enfermedad profesional y accidente de trabajo: el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja.

Ahora bien, hay que atender al convenio colectivo de aplicación. Por ejemplo, el convenio colectivo de la hostelería de Málaga, en su articulo 60 establece que si la baja es derivada de accidente de trabajo, el empresario pagará desde el primer día el 100% del salario. Y si es por enfermedad común, pero ha habido hospitalización, lo hará de igual modo.

En el caso de que, el convenio no diga nada al respecto, habrá que seguir lo anteriormente mencionado y que regula el estatuto.

La mayoría de los convenios no establecen una cantidad fija, limitándose a establecer un porcentaje y una referencia al salario establecido en el mismo. Puede establecer referencias a otras bases de cálculo, como la base reguladora de la prestación o la base de cotización a la Seguridad Social, aunque la inmensa mayoría se refiere al salario. Salario entendido como conceptos estables, y no complementos tales como prima por ventas, incentivos por resultad, etc. No hace referencia expresa a una cuantía fija en la mayoría de los casos, a veces, mencionan partidas salariales expresas, tales como plus de convenio.

Así, cuanto más cubra la mutua, menos tendrá que aportar como complemento la empresa, y viceversa.

¿Quién paga el complemento salarial por Incapacidad Temporal?

De igual forma, el art. 173 de la Ley General de la Seguridad Social dice que en caso de enfermedad común o de accidente no laboral, el empresario tiene la obligación de abonar al trabajador desde el día 4 al 15 de baja.  Durante este tiempo es la empresa la obligada al pago del subsidio.

Independientemente de quien se haga cargo, por ejemplo por pago delegado, si la baja dura mas de un año, será la mutua quien paga directamente el subsidio. No obstante, es el empresario quien debe seguir haciéndose cargo del complemento por Incapacidad Temporal si así lo establece el convenio.

El complemento es establecido por negociación colectiva. En el caso de que no se pagase más allá de un año este complemento, a quien habría que demandar y reclamar es al empresario. Los convenios establecen en muchos casos cuanto tiempo ha de hacerse cargo el empresario de este complemento: 1 año, 18 meses…

it complemento salarial

¿Las pagas extra se encuentran en el complemento salarial por Incapacidad Temporal?

Las pagas extras se generan por tiempo efectivamente trabajado y, mientras estás de baja, el contrato se encuentra suspendido, aunque no sea por voluntad de ninguna de las partes.  De forma que, a no ser que el convenio diga algo,  el tiempo de baja laboral no genera pagas extras, al igual que sucede con los ERTES.

Por lo tanto, habrá que estar a lo establecido en el convenio. Algunos convenios solo hacen referencia a que mientras dure la baja, el empresario garantizará el salario, o pagará desde el primer día el 100% del salario, sin hacer referencia expresa a la paga extra.

Un ejemplo de convenio que si hace mención expresa a la paga extra durante la baja es el del Convenio del metal en Madrid, donde expresamente se dice:

“El devengo de estas gratificaciones será prorrateado, cada una de ellas, por semestres naturales del año en que se otorguen y en proporción al tiempo efectivamente trabajado, computándose como tal el correspondiente a incapacidad temporal.”

No obstante, si el convenio establece que el empresario deberá garantizar el salario en igualdad de condiciones que si no estuviese de baja, y tenia la paga extra prorrateada, podría interpretarse que si debe ser abonada. Una vez mas , la  ingente cantidad de convenios hace que sean interpretables de una u otra manera, y habrá que estar en el caso específico.

    Y, ¿se generan vacaciones durante la baja o IT?

    Aunque durante mucho tiempo fue controvertido, el Supremo se ha pronunciado al respecto y a día de hoy es pacifico que si se generan durante la baja.

    Conclusión

    Hay que  estudiar el caso concreto, y ver si en el convenio colectivo se establece algún tipo de complemento durante la situación de incapacidad temporal. Déjate asesorar por expertos, estudiaremos tu caso por si te pertenece el complemento y si es así, lo reclamamos por ti.

    Resumen
    Complemento Salarial por Incapcaidad Temporal
    Nombre
    Complemento Salarial por Incapcaidad Temporal
    Descripción
    Tienes derecho a un complemento salarial por incapacidad. Te explicamos qué pasa en tu nómina cuando estas de baja o IT (incapacidad temporal).
    Autor
    Nombre del editor
    Incapacidad Segura
    Logo

    Cuéntanos más sobre tu caso

    Completa el formulario con todos los detalles sobre tu caso y nos pondremos en contacto contigo inmediatamente. Te haremos una propuesta con valoración médica incluida gratis y sin compromiso.

    Te invitamos a que vengas a visitarnos a nuestras oficinas en Málaga. Puedes ver el mapa aquí. 

    – Primera consulta y valoración médica gratuita –
    Formulario Multi Step

    Artículos Recientes

    Icono-Incapacidad-Segura

    Suscríbete a Nuestro Newsletter

    Únete para recibir correos con consejos, descuentos y la última información jurídica en Málaga

    Enhorabuena. Te has suscrito con éxito

    Comparte Este Artículo
    Abrir chat
    Hola 👋
    ¿En qué podemos ayudarle?
    Los datos facilitados van a ser utilizados exclusivamente para contactarle de vuelta.